Covid19

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NOTA INFORMATIVA SOBRE EL ESTADO DE ALARMA DECRETADO EN ESPAÑA POR CORONAVIRUS (COVID-19)

 

Estimada familia,

Ante la situación de excepcionalidad que acontece en territorio español y fuera de sus fronteras, respecto a la propagación del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), se emite la siguiente nota informativa.

Tal y como se detalla en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se establecen las medidas previstas en la presente norma encuadradas en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

En esta línea, el MINISTERIO DE SANIDAD a través de la circular emitida por la ORGANIZACIÓN NACIONAL DE TRASPLANTES (ONT), fechada a día 13 de marzo de 2020, cuya referencia es BV-ES-20200122-5, establece las recomendaciones respecto a las donaciones de SANGRE DE CORDÓN UMBILICAL (SCU), donde se recomienda suspender temporalmente la actividad o en su defecto someter las unidades al cribado tan pronto sea posible.

Es por ello que ante esta recomendación de la ONT, el banco de cordón SEVIBE CELLS S.L. ha impuesto en su operativa un protocolo de cribado específico para las unidades de sangre de cordón umbilical (SCU) ante la situación causada por el COVID-19.

Estas medidas que incluyen una selección de la donante y diferentes tomas de contacto para ser incluidas en el historial médico de la muestra incluyen periodos de cuarentena de las muestras y un cribado adicional para el descarte / aceptación de las unidades de sangre de cordón umbilical.

El sistema de cribado establecido, garantiza la evaluación médica de las posibles situaciones de riesgo, por contacto, infección activa, riesgo geográfico u hospitalización en los 21 días previos a la colecta de la muestra, así como el establecimiento de una situación de cuarentena para cada unidad, hasta que mediante un seguimiento posterior y el análisis confirmatorio en casos de riesgo, se pueda establecer o bien la liberación de la unidad, o bien su descarte, en base al conocimiento en los próximos meses, del desarrollo clínico de esta enfermedad, sus vías de transmisión, y los efectos en los sujetos receptores de los tejidos trasplantados.

Sin más, quedando a su entera disposición para cualquier consulta o aclaración.

En Barcelona, a 16 de marzo de 2020.